Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó amparo de Albán Mancilla
Pese al reclamo de su defensa, el tribunal de alzada descartó que en la resolución del juez de garantía haya falta de argumentación, prejuzgamientos o sesgos. El profesor chilote permanece detenido en la cárcel de Castro.
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó ayer el recurso de amparo que presentó la defensa del exjefe de DAEM (Departamento de Administración de Educación Municipal) de esta comuna, el chilote Albán Mancilla Díaz, en contra de la resolución del juez de garantía Francisco Almonacid, quien en la audiencia del pasado 7 de marzo le negó la posibilidad de un cambio en la medida cautelar de prisión preventiva que cumple desde hace 6 meses.
El recurso de amparo fue presentado el pasado 28 de marzo por el abogado Nofal Abud Maeztu, quien argumentó diversos vicios de ilegalidad en la resolución adoptada en contra de su defendido, entre los cuales acusó "una evidente falta de independencia e imparcialidad del juez de garantía de Puerto Montt", además de "un claro prejuicio contra el amparado", ante lo cual pidió dejar sin efecto la resolución.
"A ojos del juez Francisco Almonacid Faúndez, el amparado José Albán Mancilla Díaz está llamado a ser el chivo expiatorio de los pecados del sistema político chileno, aun antes siquiera de ser juzgado y estando amparado por la presunción o estado de inocencia", fundamentó Abud en el texto.
Los alegatos tuvieron lugar el lunes. Además del abogado defensor de Mancilla argumentaron el fiscal Marco Muñoz, y los querellantes Rodrigo Tejos, por el Consejo de Defensa del Estado (CDE); Marcos Velásquez, como querellante particular, y el exfiscal regional Marcos Emilfork, en representación de la Municipalidad de Puerto Montt. La sala estuvo integrada por los ministros Ivonne Avendaño (presidenta), Patricio Rondini y el abogado integrante Darío Parra.
Ministra avendaño
En la redacción de la sentencia del tribunal, la ministra Ivonne Avendaño estimó que "no se aprecia la ocurrencia de la falta de fundamentación en los términos que alega la recurrente, ni tampoco la existencia de prejuzgamientos o sesgos en la resolución adoptada, sino más bien una disconformidad con el contenido de la resolución, lo que debe ser revisado en sede de apelación y no por medio del presente arbitrio constitucional".
De igual modo, en el considerando séptimo de la sentencia se justifica que "el tribunal recurrido adoptó una decisión sobre el asunto sometido a su conocimiento -la mantención de una medida cautelar personal- sobre la base de lo discutido en la audiencia, lo que resulta suficiente para estimar concurrentes los requisitos legales de la prisión preventiva, descartando los fundamentos en torno a su improcedencia y en cualquier caso no han privado a la defensa de reiterar dichos argumentos en sede de revisión del mérito de la decisión cuestionada".
En definitiva, los ministros de la Corte de Apelaciones resolvieron rechazar, sin costas, la acción de amparo deducida. Por su parte, el abogado Nofal Abud adelantó su decisión de apelar a la Corte Suprema.
Albán Mancilla, también exgobernador provincial de Chiloé y exseremi de Educación de Los Lagos, fue formalizado el 5 de septiembre de 2024 por delitos de fraude al fisco que -al 7 de marzo- suma un perjuicio de más de $500 millones. Actualmente cumple la medida cautelar en el Centro de Detención Preventiva de Castro, en Chiloé.