Excluyen a querellante por concejales de Puerto Montt de la causa contra el exalcalde Paredes y Albán Mancilla
A petición de las defensas de los imputados, el juez de garantía decidió que el abogado Braulio Sanhueza no siga como querellante tras debatirse la "legitimación activa" de los ediles.
El juez de Garantía de Puerto Montt, Juan Carlos Orellana, resolvió ayer excluir como querellante en la causa iniciada por fraude al fisco, cohecho y lavado de activos al interior de la Municipalidad de Puerto Montt al abogado Braulio Sanhueza, quien representa a seis concejales que el 9 de septiembre pasado interpusieron la acción judicial por delitos cometidos al interior del DAEM (Departamento de Administración de Educación Municipal) con los fondos SEP (Subvención Escolar Preferencial).
La solicitud fue presentada por los abogados de tres de los imputados en la causa que indaga el Ministerio Público por estos hechos el exalcalde Gervoy Paredes; Albán Mancilla, exjefe del DAEM y exgobernador provincial, y el ex alcalde (s) Carlos Soto. Sus representantes legales solicitaron también la marginación del querellante particular, Marcos Velásquez, lo que fue desestimado por el tribunal.
En la audiencia realizada durante la mañana de ayer, los abogados defensores plantearon un debate más bien técnico acerca de la "legitimación activa" de los querellantes, requisito contemplado en el artículo 111 del Código de Procedimiento Penal.
Al respecto, el abogado Andrés Firmani, quien representa al exalcalde de Puerto Montt, explicó que "después de un largo debate, el tribunal entendió que efectivamente los concejales no tienen facultad legal ni legitimación activa para poder querellarse por estos delitos. De hecho, la Ley Orgánica de Municipalidades no contempla esa facultad para los concejales, ni menos para el concejo municipal, que no puede ejercer querella. Por esa razón entendió el tribunal que estaban los fundamentos y efectivamente por imposibilidad técnica legal había que excluirlo y eso fue lo que ocurrió".
Por su parte, el abogado Rafael Gallardo, quien defiende a Carlos Soto, comentó que el caso del querellante particular es distinto, pues "actuó sobre la base del artículo 111 inciso segundo del Código Procesal Penal que, como persona natural, como simple ciudadano, sí se le permitía", esgrimió.
Firmani adjuntó que la norma establece la posibilidad que cualquier ciudadano con residencia en la provincia pueda querellarse por delitos de esta naturaleza, "pese a que nosotros seguimos discutiendo que él no tiene posibilidad de seguir actuando y lo más probable es que vayamos a renovar esa discusión más adelante por otros argumentos", afirmó.
Llegada del CDE
A su vez, ambos juristas calificaron como "absolutamente legal" y "lógico" la incorporación como querellante en la causa al Consejo de Defensa del Estado (CDE), por ser el ente que está facultado para velar por los recursos públicos.
"Me parece que es más de lo mismo, porque de hecho la querella ya la revisé y contempla y contiene idénticos fundamentos que los hechos por los cuales fueron formalizados en su momento cada uno de los imputados en esta causa. Esto es, coincide plenamente por los hechos expuestos por la Fiscalía. Por lo tanto, no hay a mi juicio ningún ingrediente nuevo asociado a esta querella", apuntó Andrés Firmani.
"Normalmente el Consejo de Defensa del Estado en este tipo de causas por ley debe participar en representación de los intereses del fisco. No es ni mejor ni peor, es lo que debe ocurrir normalmente", sumó Rafael Gallardo.
Extemporáneo
Desde el punto de vista de los querellantes, el abogado Marcos Velásquez se manifestó satisfecho por lo resuelto por el juez de Garantía, en orden a rechazar las peticiones de las defensas para excluirlo. "Esta querella se presentó en mayo del 2021, el tribunal de garantía en ese minuto declaró admisible a la querella que presenté a título personal. Desde ahí he actuado activamente en la investigación y después de las formalizaciones en las audiencias del tribunal. Entonces, la solicitud de exclusión a esta altura resultaba extemporánea", comentó.
Sostuvo además que en su caso "no ha habido otras motivaciones más que pensar y actuar para que se hagan las cosas bien y se vele por el bien común".
De igual modo, valoró el trabajo realizado por Braulio Sanhueza, el que consideró como un aporte a la investigación. "Con él en las audiencias, yo creo que hicimos un buen equipo. Con lo detallista y preocupado que es Braulio Sanhueza por el análisis de las materias, yo creo que ha sido un tremendo aporte, no solamente complementando lo que yo pude haber hecho, sino que también para el trabajo del Ministerio Público. Así es que yo espero que si apela pueda seguir actuando en el juicio", apuntó.
Estrategia judicial
A su vez, Sanhueza también reveló estar satisfecho con su aporte a la causa, que a su juicio permitió develar muchos hechos que hoy son parte de la indagatoria del Ministerio Público. "Creemos que la participación de los concejales en la investigación penal, la enriqueció, la reubicó, y también la comparecencia del Consejo de Defensa del Estado y de un municipio como querellante resguarda los intereses municipales suficientemente".
"Sin embargo, nosotros sostenemos que hay hechos que hemos planteado en la querella que son diferentes a los hechos por los cuales se ha formalizado. Hay diligencias que solicitó la parte querellante que aún están pendientes de ejecución y que necesitamos controlar", mencionó el jurista, quien ratificó que están estudiando apelar a la resolución del tribunal de primera instancia.
Sanhueza ejemplificó que un hecho concreto fue haber denunciado la existencia de funcionarios fantasma, "investigación que fue redondeada finalmente por el Ministerio Público y que pudo atar todos los cabos sueltos, lo que permitió la formalización y, además, someter a prisión preventiva a dos de los principales imputados, que son el exalcalde Paredes y el ex jefe del DAEM, Albán Mancilla", recalcó.
El abogado de los concejales cerró diciendo que su salida obedecería a una estrategia jurídica. "Yo me atrevería a decir que es un éxito para la defensa, sin duda, sacar a uno de los querellantes activos en la persecución penal", subrayó.
"Después de un largo debate, el tribunal entendió que efectivamente los concejales no tienen facultad legal ni legitimación activa para poder querellarse por estos delitos".
Andrés Firmani,, abogado de Gervoy Paredes.