Apelan al fallo que condenó a empresa automotora al pago de $300 millones tras fatal colisión
Condena de primera instancia se basó en fallas de los sistemas de seguridad del vehículo guiado por la víctima, en el siniestro vial ocurrido en Castro.
En alzada continuará el litigio judicial que en primera instancia condenó a la empresa Kia Chile S. A. a pagar una indemnización de 300 millones de pesos a los padres de un joven, quien perdió la vida tras un siniestro vehicular registrado en el sector Ten Ten de Castro. Un dictamen fundamentado en la falla en el sistema de seguridad del auto guiado por la víctima, el cual busca revertirse por ambas partes.
Tras la colisión registrada a la altura del kilómetro 1.183 de la Ruta 5 Sur, la madrugada del 5 de agosto del 2018 falleció el conductor de la cuestionada máquina identificado como F. I. R. M. (21), como también su acompañante individualizado como B. C. M. N. (20).
La familia del chofer, con el avance de la indagatoria, se enteró que los airbags frontales del auto Kia Rio 5 año 2016 no se activaron, ante lo cual encargaron una investigación pericial privada, a cargo del ingeniero civil mecánico Joseph Drake, quien el 23 de mayo del 2019 concluyó que "el estado deplorable que presenta el vehículo, el daño estructural por la colisión de alta energía debió de manera fehaciente y taxativa haber activado los dispositivos de seguridad disponibles, como lo son los airbags".
Agregó el perito que "era esperable que la deformación progresiva del habitáculo permitiese a los ocupantes permanecer contenidos posterior al impacto, situación que no ocurrió dada la destrucción total del móvil en su interior".
Debido al peso del peritaje, la familia ingresó el 16 de marzo del 2020 una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, invocando el pago de $500 millones a la firma por daño moral.
Decisión
Tras el extenso proceso legal, la magistrada Katherine Campbell del vigésimo tercer Juzgado Civil de Santiago acreditó que la empresa no cumplió con su "deber de cuidado", remarcando que "su conducta ha sido culpable, negligente", por estas falencias de seguridad en la máquina. Estableció el pago de $150 millones para cada progenitor del isleño.
Pese a este dictamen que calificó como "categórico", al comprobarse que "no se activaron los airbags y que la jaula antideformable del auto no funcionó, llevando a la muerte del joven", Marcelo Pinto, representante del Estudio Jurídico Vargas & Pinto que patrocinó a los demandantes, sostuvo que se apeló a la sentencia.
"Junto con aclarar que la muerte de un hijo no tiene precio, fundamentamos el recurso en la necesidad de dejar establecido que en Chile no se están cumpliendo, en algunos casos como el nuestro, las condiciones de seguridad de los vehículos para que puedan transitar. Además, estimamos que los montos indemnizatorios no fueron suficientes ante la magnitud del daño causado", acotó.
También recurrió la firma automotora, representada por el abogado Fernando Lathrop, precisando que el fallo de primera instancia adolece de errores de hecho y derecho.
"La sentencia ha dado valor a una serie de elementos producidos por la parte demandante que no sirven para acreditar lo que se ha sostenido o que, en algunos otros casos, valida conclusiones pretendidamente científicas contenidas en un documento que carece de todo valor probatorio", expuso el jurista en su requerimiento.
Igual cuestionó el informe pericial privado, señalando que sus conclusiones "son meras conjeturas", añadiendo que hay "hechos centrales que han escapado al criterio y análisis del sentenciador". Invocó que se revoque el fallo apelado, desechando la demanda civil en todas sus partes, o en subsidio, que se rebajen los montos indemnizatorios.
De esta forma, los antecedentes se encuentran en la Corte de Apelaciones de Santiago en una nueva arista judicial por este caso.