Fiscalía pide el término de la causa por incendio de iglesia
En un golpe lapidario se convirtió la exclusión de una decena de pruebas. La titular del Ministerio Público en Los Lagos, Carmen Gloria Wittwer, reconoció que al no contar con evidencia incriminatoria solicitaron el sobreseimiento definitivo. Con esto, el siniestro del templo San Francisco de Ancud y la casa parroqual contigua quedará impune.
Tras 72 días de evaluación, la Fiscalía Regional de Los Lagos formalizó ayer su decisión de solicitar el sobreseimiento definitivo en la causa por el incendio que arrasó la Iglesia San Francisco de Ancud y destruyó parte de la casa parroquial contigua. El templo era Monumento Nacional y ejemplo de la Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa en Madera.
El golpe asestado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que confirmó la exclusión de una decena de evidencias se convirtió en definitivo. Y no solo se levantarán los cargos contra el único acusado, sino que los delitos quedarán impunes.
La Primera Sala del tribunal de alzada el 5 de abril pasado ratificó las "deficiencias en que se incurrió al momento de obtener los medios de prueba", como esgrimieron los ministros en su fallo. Una serie de actuaciones ilegales que se transformó en la lápida en este caso que se remonta al 22 de enero del 2020, cuando se produjo el siniestro y fue detenido el joven de iniciales D. M. C. V. (25).
Ante esta situación y en base al principio de objetividad, desde el ente persecutor determinaron poner término a la causa por motivos procesales. Una decisión que la propia fiscal regional, Carmen Gloria Wittwer, calificó como "lamentable", pero a la vez "responsable".
La abogada enfatizó que ante la exclusión de gran parte de la prueba de cargo, el Código Procesal Penal contempla la opción del sobreseimiento. Y la tomaron. Eso sí, advirtió que esto "no implica una declaración de inocencia del imputado", sino que finaliza un procedimiento penal por no poder probar la acusación fiscal en un juicio oral.
Asimismo, la jurista reconoció el peso de la evidencia excluida y no desconoce los alcances de las infracciones o vicios detectados en la obtención de las mismas.
"Las pruebas que incriminaban al imputado surgieron de actuaciones que el Tribunal (de Garantía de Ancud) y la Corte (de Apelaciones) estimaron que eran ilegales", explicó, sumando que se estableció que esta evidencia se recogió cuando el joven no estaba en calidad de imputado en la policía. La justicia también cuestionó los medios obtenidos al momento de la incautación de especies.
"Esto hace una cadena de contaminación de la prueba y por eso se excluyó toda la que lo incriminaba, quedando solo antecedentes que acreditan los delitos de incendio, pero faltaba la evidencia que sindicaba como autor al acusado. Eran la pruebas para probar su participación en el hecho", admitió la profesional.
Incluso, la fiscal regional no dudó en señalar que no estaban en condiciones probatorias para llegar a un juicio oral y sustentar los cargos contra el joven, más cuando invocaban una pena de crimen (10 años y un día de presidio). "Hubiese sido inconducente", recalcó, agregando que "no tenía sentido exponer esto al Tribunal (Oral en lo Penal de Castro) y llegar a una absolución por falta de prueba".
Decepción
A su vez, Wittwer reconoció el impacto que genera esta decisión, en especial para la comunidad ancuditana. "Me imagino la decepción que pueden sentir, pero solo puedo decir que hicimos todo a nuestro alcance para llegar a juicio", consignó, sin dejar de lado el fondo de esta determinación: una serie de actuaciones irregulares en la indagatoria. Una situación que puede generar coletazos.
"Son acciones que se deben corregir, hay que aprender de los errores, sacar lecciones y evitar que vuelvan a suceder (estas ilegalidades), pero el sistema procesal penal es garantista, en el que cualquier mínima vulneración del derecho procesal del imputado puede acarrear estas consecuencias", concluyó.
La determinación del Ministerio Público que espera por una próxima audiencia de confirmación fue comunicada a los querellantes en esta causa, la Intendencia Regional y el Obispado de Ancud.
Justamente, el líder de la diócesis, Juan María Agurto, se mostró disconforme con este escenario procesal y espera mayores antecedentes para configurar una postura definitiva.
"Me avisaron de esta situación, pero esperamos un informe detallado de qué pasó. Desde ya, nos parece lamentable que no se pueda continuar y llegar a juicio porque se descartaron tantas pruebas, porque parece que no se hicieron las cosas bien", indicó el obispo.
Por su parte, la abogada de la Intendencia Regional, Javiera Oyarzún, también se limitó a esperar por la sesión judicial donde se tratará esta petición de sobreseimiento definitivo.
"Nos pronunciaremos cuando se realice la audiencia, puesto que hasta el momento solo existe la solicitud del Ministerio Público, pero aún no hay una resolución judicial", puntualizó la jurista.
Eso sí, los querellantes no tienen margen de actuación. El juicio oral está fijado para el 14 de julio próximo. Además, la propia titular del ente persecutor en Los Lagos sostuvo que los acusadores particulares "no pueden llegar a juicio sin la Fiscalía a esta altura del procedimiento".
Defensa
Sin sacar conclusiones generalizadas hasta que quede ejecutoriado el eventual término judicial de la causa, se mostró el defensor penal Humberto Ramírez, quien representa al encartado. Sin embargo, destacó la decisión del ente persecutor.
"Valoramos la resolución de la Fiscalía Regional puesto que se ajusta al fallo de la Corte de Apelaciones que excluyó prueba trascendente para sostener la acusación y, por lo tanto, hace uso de sus facultades legales", expuso la fuente, sumando que esta posición "no solo se ajusta a derecho, sino que también acredita la intención de llevar a cabo una persecución penal objetiva", mencionó el abogado.
"Lamento profundamente tener que arribar a esta decisión, pero queda la convicción que mostramos en el procedimiento".
Carmen Gloria Wittwer,, fiscal regional de Los Lagos.