Admiten recursos contra la Gobernación por petición de refugio de extranjeros
INDH encabeza las acciones invocando que la sede del Ejecutivo en Chiloé dé inicio al proceso de asilo de una joven colombiana y una familia venezolana.
A la espera del análisis de los informes del recurrido se encuentran las causas derivadas de los sendos recursos de protección interpuestos por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Los Lagos contra la Gobernación de Chiloé. Dos requerimientos en favor de una joven colombiana y una familia venezolana, que solicitaron refugio en la provincia sin que se diera curso a este proceso.
Estas son las primeras acciones legales de este tipo que encabeza el organismo en Chiloé, en virtud de lo que acusan como una "desigualdad" ante la ley de estas personas, a quienes se les habría denegado el ingreso al procedimiento de asilo correspondiente por parte de la sede del Ejecutivo insular.
Ambos casos, como se exponen en los recursos, reflejan una grave situación de vulnerabilidad en sus respectivos países, que los obligó a escapar para poner en resguardo sus vidas.
Con respecto a la mujer de 27 años, cuando vivía en la ciudad de Pereira, habría sido acosada sexualmente por un sujeto vinculado a bandas criminales. Tras denunciarlo y al ser encarcelado este hombre, empezó a recibir amenazas de muerte que la obligaron a viajar y pedir asilo en España. Al no prosperar, en febrero de este año llegó a la casa de su hermana en Castro.
Por su parte, el venezolano jefe de familia de 47 años, cuando trabajaba en el estado de Zulia, detectó que armamentos que tenía a su administración fueron destinados a colectivos que se encargaban de confrontar las movilizaciones públicas detractoras a Nicolás Maduro. Incluso, al negarse a entrenar a grupos especiales comenzó a ser amenazado. Por ello, huyó junto a su familia hasta Ancud, donde vive uno de sus hijos.
Obligación
De acuerdo a lo señalado por el titular del INDH en la región, Mauricio Maya, los requerimientos interpuestos son del mismo tenor, enfatizando como sustento que "la obligación del Estado, en este caso la Gobernación, es darle curso al procedimiento de refugio".
Como detalló el sicólogo, ni la Gobernación ni la Policía de Investigaciones en frontera debieran hacer una preadmisibilidad, evaluar la situación antes de iniciar el proceso de asilo, en el cual se le entrega un formulario a la persona, en el cual después se resuelve tal condición por parte de la Subsecretaría del Interior.
Aclaró el personero que un refugiado no es lo mismo que un migrante, puesto que no llega voluntariamente a otro lugar, sino que sale de su país de origen puesto que está siendo perseguido políticamente o escapa de una dictadura o peligra su vida gravemente por un conflicto. "Para ellos, las fronteras nunca pueden estar cerradas", consignó.
Insistiendo en la alta vulnerabilidad de estas personas, Maya explicó que en el recurso "pedimos que se dé curso al proceso, que se reciban sus solicitudes (de asilo) y se tramiten, después la autoridad según sus atribuciones dirá si estas personas son o no refugiados. Nosotros no hacemos un juicio al respecto, sino que pedimos que se les dé la opción de iniciar sus procesos".
Asimismo, el profesional resaltó que la diferencia en ambos casos radica en que la familia venezolana ingresó a Chile por una zona clandestina, en Colchane, Región de Tarapacá. "La respuesta que les dieron es que por ingresar por este paso no habilitado no pueden pedir refugio, pero esto no se encuentra estipulado en la normativa", concluyó.
En tanto, desde la Gobernación de Chiloé se informó que no se pueden referir a los casos por un principio de confidencialidad por el marco de refugiados que se está analizando y por el cual deben remitir antecedentes a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tal como se estipuló al ser declarados admisibles estos recursos de protección.