Exfiscal regional señaló que es anormal que 40% de las detenciones sean ilegales en Los Lagos
Marcos Emilfork aseveró que habitualmente las aprehensiones declaradas de esta forma por los tribunales no superan el 1 o el 2 por ciento.
Marcelo Galindo Gallardo - El Llanquihue
Como anormal calificó el exfiscal regional Marcos Emilfork el 40% de detenciones ilegales declaradas en los tribunales de garantía durante audiencias por imputados relacionados con las manifestaciones sociales que se llevan adelante hace dos semanas en la región y el país.
Según el abogado, las aprehensiones dictaminadas así no superan el 1 o 2%, por lo que la estadística entregada por la Defensoría Penal Pública "es tremendamente alta", adujo.
Para el penalista no está claro cuál pudo haber sido la razón para que se registre este fenómeno, "pero si se declara ilegal una detención significa que esta no debió practicarse o la privación de libertad de la persona no se ajustó a derecho", detalló.
Emilfork explicó que en cuanto a los efectos de la ilegalidad de la detención, solamente impide ampliar la detención, no impide formalizar ni solicitar medidas cautelares.
SÓLIDOS
El expersecutor regional también indicó que debe haber un trabajo coordinado entre fiscales y policías, incluso potenciando una labor in situ.
"Lo importante es que esa coordinación previa y durante estos eventos que son altamente violentos exista, de manera que los antecedentes con que cuenta la Fiscalía y luego se exponen al tribunal (de Garantía) sean lo suficientemente sólidos para justificar las detenciones que se hicieron", consignó.
-¿Cómo se llega a una audiencia de control de detención?
-La decisión de pasar a control de detención o no a una persona es de la Fiscalía, y entendió que en ese 40% esas detenciones se ajustaba a derecho, pero desde esa perspectiva sería interesante saber si fueron apeladas la ilegalidad de las detenciones, pero como ya estoy fuera, desconozco por qué se registró un número tan alto de ilegalidades en las detenciones.
-¿Estamos viviendo un momento distinto en el país. Las determinaciones en materia penal deberían funcionar de forma diferente?
-Cualquier delito cometido en estas circunstancias sea de incendio, robo, hurto, lesiones debe ser enfrentado de una manera especial atendida las circunstancias especiales en las que nos encontramos. Debe haber una coordinación con los organismos policiales en forma previa para analizar los estándares que se van a requerir para ejercer la acción penal. La coordinación previa con Carabineros y la PDI para definir los procedimientos policiales y la forma de cómo se va a actuar frente a la comisión de delitos en estos casos y cuáles son las exigencias que la Fiscalía va a demandar para poder hacer las formalizaciones, requerimientos y solicitudes de medidas cautelares es fundamental.
-¿Qué pasa con la coordinación con las autoridades?
-También se deben definir las acciones político-criminales en relación a este contexto, es decir, cómo se va a ejercer las pretensiones punitivas del Estado, cómo se hará y con qué intensidad en el caso de los delitos de saqueo, incendios, robos u otros. Es importante además que la Fiscalía y los fiscales trabajen en una directa compenetración y direccionamiento in situ con Carabineros en los lugares donde se registran las situaciones más problemáticas desde el punto de vista delictual. De esa forma se puede direccionar en forma más rápida la evidencia y los medios de prueba.