Acreditan salvaje parricidio de anciano en su casa en Dalcahue
Pescador fue condenado por dar muerte de una estocada al corazón a su pariente. Sentenciadores acogieron eximente incompleta relacionada a alteraciones mentales del sujeto, lo que podría mermar la pena que arriesga por este crimen.
Los antecedentes periciales y los informes sociales presentados ante los sentenciadores llevaron a determinar que el joven que asesinó a su abuelo en Dalcahue obró bajo problemas mentales. Una aminorante que será clave a la hora de determinar la pena que deberá purgar por este parricidio.
Así quedó establecido en las últimas horas en audiencia de lectura de veredicto realizada en el Tribunal Oral en lo Penal de Castro, donde se realizó el juicio en que se acreditó que el sujeto de iniciales S.E.C.C. (33) mató de una estocada al corazón a su pariente, identificado como Manuel Chodil Cuyul (77), quien falleció el 13 de agosto del 2016.
Tal como expuso el magistrado Claudio Ayala, quien encabezó la sala, el acusado "con ánimo homicida" apuñaló a su abuelo dándole muerte al interior de su casa.
Aunque no estuvo mayormente en discusión la existencia del delito, el juez enfatizó que esta figura penal quedó corroborada con la intervención de los testigos presenciales del ataque, como también el aporte de funcionarios policiales, peritos y la evidencia material que incluyó el arma homicida.
A su vez, en el dictamen se incluyó la eximente incompleta de responsabilidad, en consideración a la disparidad entre las declaraciones de los expertos presentados por el Ministerio Público y la defensa, con respecto a la condición sicológica del encartado. Las fichas sociales y cuatro informes de episodios de desequilibrio mental del joven confirmaron esta resolución.
Pese a la consideración de esta atenuante, el fiscal Javier Calisto mantuvo su solicitud de presidio perpetuo simple contra el pescador. Esto avalado en la consideración de la agravante de reincidencia específica, ya que el sujeto fue condenado por un asesinato registrado el 2010 en el mismo sector de Téguel.
En tanto, el persecutor recalcó que la aminorante acogida por los sentenciadores solamente debe ser entendida como una atenuante y no como una circunstancia que lleve a considerarlo como una persona casi sin responsabilidad penal.
"Hay que valorar que los peritos recalcaron que el acusado solo era limítrofe y que no tenía enfermedades mentales diagnosticadas, como para decir que estuvo a punto de ser inimputable", enfatizó el persecutor.
En subsidio a esta solicitud, el representante del Ministerio Público pidió que la sentencia contra el hombre de mar se fije dentro del marco de la reclusión mayor en su grado máximo.
Defensa
Por su parte, el defensor Nelson Troncoso manifestó que la agravante no concurre en este caso, enunciando diferencias entre un homicidio y un parricidio, centradas en su forma de comisión.
El profesional pidió que se rebaje en dos grados la pena contra su representado, en consideración a la eximente incompleta acogida. En 5 años y un día de cárcel situó su pretensión de condena.
Para llegar a este quántum, el abogado expuso antecedentes jurídicos que llevan a ubicar al acusado como una persona que actuó con un grado de locura o demencia.
"Según los datos que expusimos, el joven presenta daño orgánico cerebral, esquizofrenia y retardo mental moderado", especificó la fuente. El fallo quedó fijado para este sábado en la misma sala castreña.
"Hay que valorar que los peritos recalcaron que el acusado no tenía enfermedades mentales".
Javier Calisto,, fiscal del caso."
Testigo
Testigos presenciales y las pruebas periciales llevaron a acreditar más allá de toda duda razonable la existencia del delito y la participación del pescador. La claridad en las declaraciones llevaron a esta resolución a los jueces. Dentro de los antecedentes evaluados se encuentra el testimonio del carabinero que abordó el procedimiento, el sargento Juan Gallardo, quien especificó que el hijo de la víctima presenció el hecho. "Esta persona dio cuenta que se produjo una discusión por un ave (comida) y el nieto apuñaló a la víctima. Luego huyó con el arma blanca a su domicilio, ubicado a unos 30 metros del lugar", aclaró el uniformado. Además, el funcionario recalcó que al llegar al sitio del suceso procedió a la detención del acusado unos 40 minutos después del ataque, tras ser sindicado por el testigo.
10 meses antes de este parricidio terminó de cumplir una pena por homicidio.
14 meses privado de libertad lleva el isleño condenado por matar a su abuelo.