Isleño queda preso por ultraje a su hija con retardo mental
Producto de la relación sexual la víctima de 24 años quedó embarazada. Un aberrante caso que se produjo en la isla Quenac, comuna de Quinchao. El grado de deficiencia de la joven fue una de las causales invocadas en el delito por Fiscalía.
Con la evacuación de las pericias médico forenses, más la contundencia del examen de ADN, se logró reunir la prueba indiciaria suficiente para encausar a un sujeto por su responsabilidad en la violación de su propia hija biológica. Un aberrante ataque perpetrado en medio del silencio y soledad de la apartada isla Quenac, comuna de Quinchao, y por el cual nació una bebé.
Diversas diligencias desjudicializadas debieron realizarse por este impactante caso, que reafirma que este flagelo de los delitos sexuales mantienen en el seno de los hogares insulares su mayor peso. La falta de comunicación e instancias de denuncia, la ausencia de institucionalidad y las condiciones geográficas juegan en contra para develar a tiempo esta problemática socio-delictiva.
La víctima de 24 años y quien padece un retardo mental moderado, no había entregado antecedentes de la pesadilla que sufrió en medio de su familia. Solo su avanzado estado de gravidez entregó luces de lo que padeció, activándose la red de apoyo y de persecución penal.
Pesquisas
Tal como enfatizó el fiscal Javier Calisto, el episodio que habría redundado en el embarazo de la joven se produjo en fecha indeterminada de septiembre del 2014. Sin embargo, ante la falta de notificación de los antecedentes, se debió esperar por una serie de pesquisas para dar forma al caso.
"Para determinar la paternidad se efectuaron exámenes científicos, pero al tratarse de una víctima mayor de edad se tienen que efectuar otras acciones. No basta con el ADN", enfatizó el persecutor, explicando que estas otras diligencias se centraron en la confirmación de las causales que configurarían el delito sexual.
Dos serían las argumentaciones para sustentar el ilícito. Por un lado se trataría del uso de la fuerza por parte del imputado, "aunque este elemento solo está determinado por la declaración entregada por la ofendida", acotó el fiscal; mientras que por otro, estaría la prevalencia de la patología mental de la mujer, es decir, el abuso de su condición para acceder a una relación sexual que no podría consentir.
Todos estos antecedentes fueron entregados en las últimas horas por parte del Ministerio Público en la audiencia de control de la detención realizada contra el chilote en el Juzgado de Letras y Garantía de Quinchao. Una sesión en la que se acreditó la legalidad de la aprehensión del imputado, la que se concretó por una orden judicial tras la evacuación de todos los informes periciales.
Asimismo, se procedió en la misma sala a formalizar al isleño por violación de mayor de edad e imponer la prisión preventiva, una cautelar que se sustentaría, como especificó Calisto, por la gravedad del delito, la pena de crimen que abarca y por el peligro que constituye el sujeto para la seguridad de la ofendida y la sociedad.
Asimismo, el profesional recalcó que en esta causa se configuraría también "el agravante del parentesco, ante lo cual la penalidad aumenta".
Defensa
Por su parte, la defensora Vanessa Pérez se opuso a la cautelar más gravosa, manifestando que "se trataría de una relación consentida". Incluso, alegó la concurrencia de un delito de incesto, añadiendo que la víctima reconoció que había tenido pololo y relaciones sexuales anteriores.
Estas dos teorías buscarán sustento con las pruebas que se reúnan en la etapa indagatoria que se fijó preliminarmente en 90 días, mientras se desarrollan también las acciones de contención y reparación para la víctima y su hija de apenas 8 meses.
"Se trataría de una relación consentida por eso alegamos la concurrencia de un incesto".
Vanessa Párez,, defensora penal
Informes
Dentro de los 90 días decretados por el magistrado Hernán Mancilla para el desarrollo de las diligencias serán clave los informes sicológicos y siquiátricos que se desarrollen en el Servicio Médico Legal a la víctima de 24 años, para determinar el grado de retardo mental que posee. En este punto se podrá demostrar una de las causales para configurar la violación, más allá de los antecedentes vertidos por la joven, quien recalcó que la relación sexual que tuvo con su padre fue sin su consentimiento, precisando que fue obligada por su padre.
8 meses tiene la bebé que nació producto de este caso. ADN confirmó paternidad del imputado.