Jueces condenan al homicida del estudiante del "Galvarino"
Tribunal Oral de lo Penal de Castro estableció ayer que el acusado es culpable del asesinato del joven y desestimó la tesis de la defensa que indicaba que su cliente era inimputable por un supuesto "deterioro cognitivo".
Pasado el mediodía de ayer concluyó el juicio en contra de Patricio Antonio Sánchez Soto (34), acusado de la muerte del joven estudiante Víctor Daniel Oyarzún de 19 años, en un incidente ocurrido el 28 de septiembre del 2014 en las afueras de la sede de la villa Chiloé de Castro.
La terna de magistrados del Tribunal Oral de lo Penal, compuesta por los jueces Claudio Ayala, Loreto Yáñez y Angélica Monsalve, emitió veredicto condenatorio.
Si bien la fiscal de la causa, Karen Rosas, pedía una pena de 22 años de presidio para el acusado por homicidio calificado con alevosía, el juzgado descartó esta calificación, declarándolo culpable de homicidio simple y también responsable de lesiones menos graves contra otro joven atacado esa fatídica noche.
"Se condenó por ambos delitos y además no se acogió la tesis de la defensa, de que el imputado tenía algún grado de inimputabilidad por ciertas alteraciones cognitivas", informó la persecutora, advirtiendo que "se consideró completamente imputable, que era otra de las cosas que se discutían".
La abogada del Ministerio Público fue enfática en señalar que "estamos conformes en que sea un veredicto condenatorio, pero no coincidimos en la calificación, porque queríamos que se reconociera que este era un homicidio alevoso, pero el por qué no se acogió esa agravante lo vamos a saber cuando se lea la sentencia, que va a ser el martes".
Explicando cuál era el argumento para pedir que se considerara el delito como calificado y alevoso, Rosas detalló que "nosotros alegábamos que el actuar del imputado era especialmente reprochable por la indefensión en que se encontraba la víctima que no fue capaz de prever esa agresión y porque con la herida que se le causó no tenía posibilidad de sobrevivir, aunque hubiera tenido atención médica oportuna".
Defensa
El defensor penal, Nelson Troncoso, manifestó que si bien está de acuerdo con la nueva calificación del delito, de homicidio calificado a simple, no está conforme con el veredicto, por cuanto alegaba imputabilidad disminuida del acusado.
Al respecto sostuvo que "la pericia siquiátrica que se evacuó de él indica que tiene deterioro cognitivo que le impide valorar de forma adecuada lo lícito de lo ilícito", acotando se trataría de "deficiente control de impulso".
Lo anterior fue expuesto por la defensa como atenuante, junto a la irreprochable conducta anterior de Sánchez Soto, que si bien tiene condenas anteriores -lesiones leves-, estas están prescritas por ser anteriores al año 2008.
La Fiscalía recalcó que con la nueva calificación del delito el condenado arriesga desde 10 años y un día a 15 años de presidio.
A su vez, Troncoso advirtió que no se descarta recurrir a algúns recurso legal si la pena no deja conforme a la parte acusada. "Lo vamos a evaluar con el imputado cuando se lea la sentencia, el martes a las 6 de la tarde, donde se va a saber cuántos van a ser los años", apuntó el jurista, subrayando que "no estamos conformes".
"Queríamos que se reconociera que este era un homicidio alevoso".
Karen Rosas,, fiscal de la causa.