Pedro Bárcena González
Reconociendo la existencia del delito, pero matizando su dictamen en cuanto a la participación dolosa en el mismo, el Tribunal Oral en lo Penal de Castro entregó su veredicto tras el análisis de un caso de robo con violencia ocurrido en Chonchi. La sala presidida por la magistrada Angélica Monsalve condenó a uno de los acusados y absolvió al otro.
Los sentenciadores acreditaron la autoría en el ataque delictual del sujeto de iniciales J.G.V. (26), en especial, gracias al aporte de la propia víctima, un anciano de 80 años que fue interceptado en la 'ciudad de los tres pisos' y conducido al sector rural de Curaco de Vilupulli, donde fue golpeado, maniatado y sufrió la sustracción de su pensión de 98 mil pesos.
Tal como explicó la fiscal del caso, Karen Rosas, la resolución judicial el afectado "reconoció en el juicio y anteriormente a este imputado", lo que se convirtió en clave para sustentar los cargos. Además, la prueba pericial y testimonial aportada en audiencia permitió desvirtuar la presunción de inocencia que amparaba al joven.
otro involucrado
En cuanto al otro acusado, quien arriesgaba 15 años de cárcel, la persecutora enfatizó que "la decisión de los jueces no indica que se haya desconocido el delito, sino que no existe certeza de su participación en los hechos" que se habrían registrado en diciembre del 2013.
Filippo Corvalán, defensor del isleño que salió absuelto, recalcó que la sala acogió la tesis planteada desde el comienzo del caso. Una postura que se plasmó en el juicio y se centró en una serie de infracciones de garantías por parte de los funcionarios policiales que abordaron el procedimiento de rigor.
"No existían antecedentes de participación de mi representado. No había testigos que lo involucraran y ni la propia víctima lo reconoció. Además, concurrieron diversas faltas a sus derechos al momento de recolectarse la información de la causa. Se realizaron diligencias sin la instrucción de parte del fiscal", aseveró el profesional.
Hoy se entrega la lectura de fallo por este feroz asalto contra el experimentado transportista chonchino. J
La decisión judicial no solo fue mixta en cuanto a las responsabilidades en el caso, sino también desechó la solicitud de agravantes esgrimida por el persecutor. La pluralidad de malhechores, como la ejecución del delito de noche y en un sector despoblado, no fueron consideradas.
Por ello, la fiscal Karen Rosas debió reformular su petición de penas. "Invocamos 5 años y un día de presidio, siempre efectivos, sin beneficios", aclaró la abogada.
En tanto, el defensor Mauricio Díaz, quien representa al único condenado, espera la entrega de la sentencia para analizarla con profundidad ante la eventual presentación de un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones, en especial, al postular la absolución justificada en "una serie de infracciones de garantías constitucionales ocurridas en el caso".
No obstante, el jurista solicitó el concurso de dos atenuantes para que sean consideradas al momento de redactarse la sentencia. "Invocamos la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial, ya que la persona declaró en dos oportunidades y sin presencia de su abogado defensor, por lo que pedimos que esta circunstancia sea calificada como corresponde", acotó.
Bajo este escenario, el profesional pidió que se dicten 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva.