Decretan prisión para imputada por parricidioTribunal no acoge inicialmente tesis de la legítima defensa
Ayer fue formalizada la mujer que mató a su pareja de una certera estocada, tras una pelea.
l Pedro Bárcena González
En prisión preventiva quedó la joven que mató a su pareja tras una fuerte discusión al interior de la casa que compartían, en calle Guerrillero Manuel Rodríguez de Castro. La mujer fue formalizada durante la jornada de ayer por el delito de parricidio, ocasión en la que recibió la cautelar más gravosa.
En una sala del Juzgado de Garantía local repleta con familiares del occiso, Juan Alejandro Hernández Velásquez (31), como también de la imputada de iniciales M.N.A.C. (22), se realizó la presentación de cargos, después que la isleña permaneciera en calidad de detenida desde la madrugada del lunes, tras el mortal ataque contra el padre de cuatro niños.
El fiscal Enrique Canales encausó la investigación formal detallando los antecedentes que vinculan responsabilidad en el delito a la castreña, en calidad de autora. Informes policiales y médicos fueron expuestos graficando el sangriento caso.
El persecutor recalcó que la mujer atacó con un cuchillo de 19 centímetros a la víctima, provocándole una herida de 11,5 centímetros de profundidad en el tórax. Según la autopsia, el joven falleció "producto de una anemia aguda", por las lesiones calificadas como "vitales", compatibles a "una herida cortopunzante torácica" y atribuible a terceras personas.
El abogado describió la violencia empleada por la imputada, indicando que el arma blanca "le atraviesa la segunda costilla, transfixiando el hueso y llegando hasta el pulmón", aclaró.
Asimismo, dio cuenta de los datos entregados por testigos, como un vecino que permanecía fuera de la casa en que se produjo el incidente.
"Observó que la mujer salió a pedir ayuda, concurriendo a la vivienda. Vio manchas de sangre y recalcó que ella decía que 'no quería hacerlo' y que estaban peleando", expresó el fiscal, sumando que otra persona estuvo dentro del inmueble antes del mortal ataque y que existen otros pobladores que confirman el consumo de alcohol permanente en dicho domicilio y la convivencia.
Canales solicitó la prisión preventiva arguyendo que la estudiante constituye un peligro para la sociedad y que existe riesgo de fuga. También aludió como argumentos para establecer esta cautelar la gravedad asignada al delito y la pena que arriesga, considerando que el parricidio se castiga partiendo de 15 años y un día de presidio.
A su vez, el jurista manifestó que la supuesta espiral de violencia que rodea el caso "se debe chequear", pero que nada justificaría la fatal estocada. "La violencia intrafamiliar no debe contrarrestarse con más violencia", explicó.
Por su parte, el defensor Nelson Troncoso se opuso a esta medida invocando el arresto domiciliario total, indicando que "no se niega que ella dio muerte a su pareja, pero esto fue con una causal justificada. Ella se defendió de una agresión que buscó repeler usando un cuchillo. Además, nunca tuvo la intención de matar".
Así también, el profesional resaltó que no existe peligro de fuga, "ya que ella misma pide ayuda, llama a Carabineros y se entrega".
No obstante a estas justificaciones, la magistrado María Angélica Islas decretó la prisión preventiva y estableció un plazo para investigar de tres meses. J
"Este es uno de los delitos que más repudia el sistema procesal penal",
Enrique Canales, fiscal jefe de Castro.
l El defensor Nelson Troncoso instaló la teoría de la legítima defensa, aludiendo a una supuesta "naturaleza violenta" de Juan Hernández. Para configurar esta hipótesis, el abogado expuso que la víctima tenía cuatro ingresos a tribunales por delitos de robo, hurto, lesiones y daños. Además, enfatizó que la madrugada del lunes "estaban peleando y ella recibió un golpe que le ocasiona lesiones", de carácter menos grave al tratarse de un incidente intrafamiliar.
Estos argumentos fueron rebatidos por el fiscal Enrique Canales, indicando que la eximente no puede configurarse en la actualidad. Un escenario que comparte la jueza María Angélica Islas, que no acogió la legítima defensa, explicando que "ahora no se puede llegar a esa conclusión" y puntualizando que "tiene que existir una necesidad racional para ejercer este tipo de defensa", que en definitiva le costó la vida al hombre.